Resumen: La Sentencia estima en parte el recurso interpuesto contra la desestimación presunta del recurso de reposición presentado frente al acuerdo de 6 de noviembre de 2017 de la Junta de Gobierno Local del Concello de Forcarei que a su vez denegó su solicitud de licencia de obras y actividad para la rehabilitación y reconstrucción de una edificación para usos terciarios (café bar restaurante) en Portela de Lamas, Pardesoa. Señala la sentencia que no es posible aplicar el beneficio del artículo 40 LSG a una parte de una edificación de un sólo volumen que se modificó sustancialmente después de 1975, hasta el punto de haberse ampliado a más del doble de su superficie en planta originaria, alterando también su imagen exterior de una manera cualitativa (pasó de planta cuadrada a trapezoidal amorfa). Y añade que cuando se dictó el acto aquí impugnado, la Administración ya no podía ordenar la demolición del bar-restaurante (con su ampliación de comedor y almacén), por el transcurso del plazo de los seis años, ya que había caducado su acción. Concluye el Juzgado que a actora no puede realizar la reconstrucción y ampliación del local al amparo de lo dispuesto en el artículo 40 LSG. Pero sí puede conservar el edificio, al haber caducado la acción administrativa de reposición de la legalidad urbanística. Y consecuentemente, puede mantener también el uso o actividad de hostelería (bar restaurante) para el que se construyó, que se vino ejerciendo en él desde hace más de diez años.